
INSTRUCCIONES SOBRE ORIENTACIÓN Y TUTORÍA EN ESO
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INTRODUCCIÓN
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SOBRE EL EQUIPO
TÉCNICO DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
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SOBRE TUTORES Y ORIENTADORES
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EL PLAN
DE ACCIÓN TUTORIAL Y LA ORGANIZACIÓN DE LA ORIENTACIÓN
EN LOS CENTROS
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LA ORGANIZACIÓN
DE LAS ACTIVIDADES DE ORIENTACIÓN A NIVEL PROVINCIAL
1. INTRODUCCIÓN
En la nueva configuración del Sistema Educativo, se define la
orientación educativa y profesional como factor cuya mejora influirá
de manera fundamental en una Educación de Calidad.
La LOGSE precisa el contenido y la perspectiva desde la que hay que
abordar los procesos de la orientación: “la tutoría y orientación
de los alumnos formará parte de la función docente”; “la
Administración garantizará la orientación psicopedagógica
y profesional..., la Coordinación de las actividades de orientación
se llevará a cabo con profesionales con la debida preparación”,
por tanto, no puede circunscribirse en exclusiva a las tareas del Orientador,
es una labor de todos los profesores del Centro. El Departamento de Orientación
estará integrado por todos los profesores tutores, el profesorado
que imparte la Formación y Orientación Laboral y el Profesor
especialista en Psicología y Pedagogía.
En normativa posterior y de distinto rango, se concretan las funciones
de la Orientación y del Orientador: Orden
de 17 de julio (BOJA 117 de 29-8-95) y Resolución de 27
de julio (BOJA 110 de 5-8-95) sobre Directrices para Organización
y Funcionamiento de la acción tutorial del profesorado y los Departamentos
de Orientación.
Por otra parte, la figura del Orientador del Centro, viene a sumarse
al conjunto de recursos humanos encargados de la atención a la diversidad.
La actuación coordinada de todos ellos garantizará una continuidad
de los Procesos de Orientación a través de las diferentes
etapas educativas.
Esta Delegación Provincial de Educación y Ciencia, considerando
que la Orientación puede y debe ser un elemento dinamizador de los
procesos de cambio y perfeccionamiento educativo, le ha dedicado una atención
especial. En el curso 94/95 se organizaron unas Jornadas de Reflexión
e Intercambio de Experiencias para que los Orientadores del Sistema Educativo
aportaran sugerencias y posibles líneas de trabajo en relación
con el diseño de los Proyectos de Orientación y con la formación
e información necesaria de Orientadores, Tutores y Equipos Directivos.
Con la misma finalidad, en el pasado mes de septiembre se celebraron unas
jornadas de formación ampliadas.
Profundizando en esta línea de trabajo, se considera procedente
establecer unas pautas organizativas que faciliten el desarrollo de los
Procesos de Orientación y la continuidad de las actuaciones realizadas
en la zona y en los Centros de Educación Infantil y Educación
Primaria, así como en todos aquéllos que han implantado parcial
o totalmente las enseñanzas reguladas en la LOGSE. Se trata, de
continuar y concretar en el contexto de cada Centro y en la provincia,
las conclusiones obtenidas en el proceso de reflexión-formación
ya citado, y de diseñar estrategias que permitan la continuación
y profundización del trabajo indicado.
En consecuencia, dicto las siguientes orientaciones e instrucciones
con la finalidad de vertebrar todas las actuaciones referentes a la Orientación,
en un marco normativo que permita no sólo su clarificación,
sino su profundización y enriquecimiento progresivo.
2. SOBRE
EL EQUIPO TÉCNICO DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA:
Es un elemento clave en la organización del Centro, tanto para
los Procesos de Orientación, como para los de enseñanza-aprendizaje.
Por tanto, y hasta que no se regulen orgánicamente sus competencias
en materia de funcionamiento, se ajustará a lo siguientes:
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El Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica estará
formado por: El Director, el Jefe de Estudios, los Jefes de los distintos
Departamentos Didácticos, el Coordinador del Departamento de Orientación.
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Conocerá e informará los Proyectos Curriculares de Área,
el Plan de Orientación y Acción Tutorial y cuantos asuntos
de importancia educativa y pedagógica se consideren de interés
para el Centro, estableciendo las directrices generales para la elaboración
del Proyecto Curricular de Centro, así como los procedimientos para
su evaluación y revisión, el Plan de Evaluación y
el Plan de Formación.
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Coordinará las programaciones de los distintos Departamentos Didácticos,
estableciendo para ello los criterios pedagógicos y organizativos
más adecuados.
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Coordinará la elaboración y concreción de los criterios
de Evaluación para cada Área y elaborará los criterios
de promoción.
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Asegurará la coherencia interna entre los Proyectos de Centro, el
Proyecto Curricular de Etapa, teniendo en cuenta el tema de la optatividad,
y los Planes Anuales de Centro.
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Elaborará las directrices para la confección de la Memoria
Anual.
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Concretará las necesidades de formación y perfeccionamiento
del profesorado, solicitándolas a los organismos competentes. De
entre los miembros del Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica,
se nombrará un profesor responsable del Área de Formación
y Perfeccionamiento del Profesorado.
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Analizará y difundirá los resultados de cada Evaluación
y propondrá las medidas generales y específicas que considere
más convenientes para mejorar los procesos de enseñanza-aprendizaje
y los resultados escolares.
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Todos los Centros habrán constituido sus Equipos Técnicos
de Coordinación Pedagógica antes del 20 de Enero. En
la sesión de constitución del mismo, se acordará el
Plan de Trabajo y el régimen de sesiones, a razón de al menos
una mensual. En los planes de trabajo se atenderá prioritariamente
la Coordinación del Proyecto Curricular de Centro, el Plan de Evaluación
y el Plan de Acción Tutorial, de acuerdo con la normativa que regula
la Evaluación en la ESO, el Bachillerato y los Ciclos Formativos.
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De todas las reuniones el Secretario levantará acta de los acuerdos
adoptados, informando a cada uno de los profesores de los mismos y tramitando
las propuestas a los órganos colegiados de Centro, o en su caso,
a los organismos competentes.
3. SOBRE TUTORES Y ORIENTADORES:
La Atención a la Diversidad constituye un argumento unitario
y el eje vertebrador de todas las funciones relacionadas con la Orientación.
La actuación de Tutores, Profesores Especialistas, Equipo de Orientación
Educativa, Orientadores de Centro y profesorado en gral, deberá
diseñarse de forma que se garantice la coordinación de cuantos
están relacionados con la Orientación.
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La Actividad de Orientación gravita en primer lugar y fundamentalmente
en el tutor. Es preciso potenciar esta figura especialmente en la ES, para
lo cual se recomienda que su elección se realice con la máxima
preocupación, adjudicando esta función a las personas que
tengan la máxima cualificación: experiencia, conocimientos,
estabilidad laboral, etc., procurando dar la mayor facilidad a su trabajo.
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El Director del Centro supervisará y autorizará los horarios
de los Tutores de modo que las horas previstas para atender a los padres
se sitúen fuera de la banda horaria de la jornada laboral más
generalizada.
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El Departamento de Orientación debe considerarse como factor dinamizador
de los diversos procesos educativos que se producen en el Centro.
La distribución horaria del tiempo dedicado por el Orientador a
las diversas funciones, quedará regulada en módulos horarios
que contemplen la dedicación lectiva con alumnos y la complementaria
relativa a tareas de coordinación, reuniones periódicas,
preparación de programas y recursos didácticos.
Las funciones de colaboración entre el Departamento de Orientación
y el Equipo de Orientación Educativa de la Zona, deberá planificarse
atendiendo a las instrucciones del Servicio de Inspección Educativa.
4.
EL PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL Y LA ORGANIZACIÓN DE LA ORIENTACIÓN
EN LOS CENTROS.
El Plan de Acción Tutorial, señalará de forma específica
los objetivos y las actividades a desarrollar en la hora de Tutoría,
incluida en el horario lectivo, así como el resto de las Actuaciones
Tutoriales de carácter individual, familiar y en el equipo docente,
incluyendo los calendarios respectivos.
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De todas y cada una de las reuniones realizadas, el profesor responsable
de coordinarlas, levantará una sencilla acta o resumen de los acuerdos
y decisiones adoptados. El Jefe de Departamento de Orientación,
lo hará con las de Coordinación de Tutores y el Tutor de
grupo con las del Equipo Docente.
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Con el fin de garantizar eficazmente la atención a las labores de
Orientación y Tutoría, el Director del Centro, arbitrará
las medidas oportunas para que los profesores tutores de la ESO atiendan
éstas prioritariamente. En cualquier caso, la prioridad del horario
no lectivo, siempre se concederá a la labor tutorial y sus diversas
actividades.
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Será elaborado por el Jefe de Estudios en colaboración con
los Tutores y con el asesoramiento e intervención del Orientador
del Centro, que prestará toda la ayuda que le sea requerida.
Incluirá calendario de reuniones y actividades de profesores, alumnos
y padres, a lo largo del todo el curso y conforme a los siguientes criterios
de organización y funcionamiento:
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El Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica, independientemente
de las reuniones necesarias para diseñar o poner en marcha y supervisar
el Plan de Acción Tutorial, dedicará una sesión cada
dos meses con el único propósito de analizar el desarrollo
de los procesos de Orientación en el Centro. De la citada reunión
se levantará acta, una copia de la misma será remitida a
la Delegación Provincial de Educación y Ciencia para conocimiento
del Servicio de Inspección y de Ordenación Educativa.
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Bajo la coordinación del Orientador se reunirán los Tutores
por niveles, para elaborar y hacer el seguimiento del Plan de Acción
Tutorial, el cual será supervisado y revisado cada dos meses. De
esta sesión se levantará el acta correspondiente cuya copia
pasará al Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica,
para que se utilice como documentación en sus próximas reuniones.
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Independientemente de la obligada sesión de Evaluación, el
Equipo Docente de cada grupo de alumnos, se reunirá una vez al trimestre
bajo la Coordinación del Tutor y con la presencia, en la medida
de lo posible, del Orientador. De estas reuniones se realizará un
índice detallado de los temas tratados, así como de los acuerdos
adoptados. El Orientador conservará copia de las mismas, a los efectos
de ser supervisadas por el Servicio de Inspección Educativa.
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El Director y el Jefe de Estudios serán responsables de la organización
y supervisión de todos los servicios citados, anotando en un estadillo
la fecha, horario, duración y contenido de las mismas, así
como las incidencias que estime oportunas.
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El Inspector de Referencia en el ámbito de sus competencias, supervisará
el funcionamiento de esta organización, enviando al Delegado informes
individualizados por Centro.
5. LA ORGANIZACIÓN
DE LAS ACTIVIDADES DE ORIENTACIÓN A NIVEL PROVINCIAL
Con el fin de que el proceso establecido pueda perfeccionarse y coordinarse
con otros procesos y niveles, es necesario establecer un sistema que permita
dicha coordinación, el intercambio de experiencias y la elaboración
de materiales y estrategias. Además es necesario disponer de documentación
e información común para mejorar cualquier aspecto de la
Orientación. A tal fin, podrán funcionar grupos de trabajos
distribuidos geográficamente y adscritos a los Centro de Extensión
del Profesorado.
Los Orientadores podrán adscribirse a uno de estos grupos. Los
coordinadores de los grupos establecidos mantendrán reuniones periódicas....